23/03/2017
La Jueza María Ventura Martínez,
titular del juzgado Contencioso Administrativo N.º 4 de la ciudad de La
Plata, intimó a la Dirección General de Cultura y Educación a que se
abstenga de practicar descuentos por huelga y/o gratificar a quien no lo
haga.
Esto, dado que ambas acciones, analizadas en conjunto,
poseen virtualidad suficiente para incidir en el espíritu del trabajador
a la hora de tomar la decisión de realizar huelga. Por lo que se
entiende un derecho cuando la huelga no fue declarada ilegal.
Al
operar así sobre la voluntad del trabajador, afectan no sólo su libertad
sino, tangencialmente, resultan atentatorias del derecho a huelga.
FRENTE DE UNIDAD DOCENTE BONAERENSE
AMET – FEB – SADOP – SUTEBA – UDA - UDOCBA